El pasado 18 de diciembre, el miércoles de esta semana, la Magristrado Juez del Juzgado de Instrucción nº 6 de Sevilla, la jueza Mercedes Alaya Rodriguez, dictó un AUTO EN EL SENO DE DILIGENCIAS PREVIAS, que podéis encontrar aquí, de cierta relevancia, pues disecciona una a una, todas aquellas presuntas acciones dolosas que pueden ser constitutivos de delito, que se realizaron en el seno de la Junta de Andalucía.
Independientemente del partido político que estuviera, lo importante del auto, es que supone una clara descripción de la estrategia seguida para desviar dinero público a bolsillos de particulares, que bajo el paraguas de la concesión de ayudas sociolaborales, se imputa que:
1.- Ausencia absoluta del trámite administrativo de las ayudas tramitadas en más de una década.
2.- Ausencia, por parte de la Intervención Pública, de la fiscalización del gasto.
3.- Ausencia de bases reguladoras como publicidad.
4.- Ausencia de criterio en cuanto a la aportación de la empresa, tratándose en muchos casos de financiación completa del plan de prejubilaciones de la Junta de Andalucía, incluso en empresas con solvencia económica suficiente para atender sus obligaciones.
5.- Concesión de ayudas sociolaborales, que se suponen se tienen que dar en un ámbito de reestructuración empresarial, como es el ERE, a personas individuales, que resultaron ser amigos, familiares o personas del entorno de ciertos cargos de la Consejería de Empleo.
6.- La inclusión dentro de la ayuda sociolaboral por prejubilación de trabajadores de una empresa, a personas que ni estaban en la empresa y que tenían la misma vinculación que la descrita en el apartado anterior.
7.- Intermediarios que traficaban con la influencia que tenían con los cargos de la Consejería de Empleo, para conseguir la financiación.
8.- El pago sin límite de comisiones a mediadores de seguros, que cobraban enormes sumas de dinero por encima de la media del mercado.
9.- El fenómeno de los «pagos cruzados».
10.- Ayudas a empresas que carecían de actividad.
11.- Creación de empresas instrumentales con el sólo fin de recibir las ayudas concedidas.
12.- Reclamación de entidad financieras por el endoso de compromisos de ayudas por el Director de Trabajo concedente.
13.- Incumplimiento total de la normativa comunitaria.
Estos son los hechos que sucintamente se describen en el auto, y que a consecuencia de ellos, se instruye este procedimiento penal.
Lo importante de todo esto, y de otros procedimientos penales que están surgiendo en todo el territorio nacional, con diferentes colores políticos, es que aprendamos a detectar hechos como los que se relatan en estos autos, para poder denunciarlos y aprender de que, aunque el «Lazarillo de Tormes», se escribió en España, no podemos continuar siendo un país de chapuceros que intenta luchar por un Estado del Bienestar, que erosione las diferencias sociales, ayude a los más débiles, y redistribuya equitativamente la riqueza para poder crecer hacia un futuro mejor.
Aprendamos todos que a todos nos conviene, y ya esta bien de tanto «Lazarillo de Tormes».
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